Registro de bienes culturales
El registro de bienes culturales es un instrumento necesario e indispensable para prevenir el tráfico de nuestro invalorable legado.
En el Perú existe una invaluable riqueza histórica y cultural, una herencia de expresiones y testimonios de nuestro pasado que hoy en día son patrimonio cultural de la Nación.
Para conocerlo en toda su extensión y poder protegerlo es fundamental tener un registro actualizado de sus diferentes expresiones, que permita conocer el conjunto de bienes que constituyen nuestra riqueza cultural y que se encuentran bajo la custodia tanto del Estado, como de personas e instituciones privadas.
De acuerdo a lo dispuesto por la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y su Reglamento, el Instituto Nacional de Cultura (INC) inició en el año 2007 el Registro Nacional de Bienes Culturales Muebles, para lo cual se cuenta con un moderno sistema informático.
El INC es el ente encargado de realizar el registro de bienes culturales muebles, mientras que la función de la Biblioteca Nacional del Perú y el Archivo General de la Nación se centra en el material bibliográfico, documental y archivístico respectivamente.
El registro de bienes culturales comprende aspectos importantes como la identificación, descripción, localización y documentación fotográfica de un bien cultural.
De esta manera, el conocimiento de la existencia de un objeto como parte de nuestro patrimonio, es paso previo e indispensable para su protección, conservación y difusión. Y es que el registro se convierte en una importante fuente de información tanto para los investigadores como para la propia administración pública, entendiéndose esto como un sistema permanente de documentación y conocimiento.
Al encontrarse un bien registrado, su ficha técnica, que equivale a su partida de nacimiento, facilita la gestión y tutela del mismo. Así, si se produjera una sustracción o exportación clandestina, la información y documentación fotográfica que se indica en cada ficha de registro contribuirá eficazmente a la recuperación del objeto.
Desde septiembre de 2007 el Registro de los Bienes Culturales Muebles del INC dejó de administrarse mediante el antiguo sistema de “fichas mecanografiadas” usadas en la década de 1970, para dar paso a una base de datos a la cual tienen acceso solo catalogadores autorizados por el INC.
Se trata del Sistema Informatizado de Registro, en el cual se uniformizan criterios de terminologías y data a nivel nacional, otorgando a cada bien cultural un único y oficial número correlativo de registro en todo el país.
Asimismo, brinda un formato único de ficha de registro para las distintas categorías culturales bajo las cuales se viene trabajando, como son: Arqueológica, Histórica-Artística, Etnográfica, e Industrial; con la salvedad que entre ellas se establecen algunas distinciones propias del bien cultural.
Gracias a este sistema, la búsqueda de información se torna más rápida, lo que permite una mayor accesibilidad a los distintos datos técnicos de cada uno de los bienes registrados. El resultado es un registro amplio, eficiente, seguro y confiable de la información sobre los bienes culturales de nuestro país.
Si bien la labor de registro es ardua, esto no impedirá que en determinado momento todos los bienes culturales de nuestro país se encuentren debidamente registrados.
Es necesario tomar conciencia de la importancia de nuestro patrimonio cultural, pues su deterioro o pérdida no solo afectará a nuestro país, sin que también constituiría un menoscabo al patrimonio cultural de toda la humanidad.
Registro gratuito
Cuando la Ley 28296 entró en vigencia el 2 junio de 2006, dentro sus disposiciones da un plazo de tres años para que el propietario de un bien cultural mueble solicite de manera obligatoria su respectivo registro, caso contrario, vencida la fecha que se cumple el 2 de junio del presente, la ley indica que: “en caso no se cumpla con los requisitos, se presume la adquisición ilícita del bien. Siendo nula la transferencia de propiedad o traslación de posesión, revirtiéndolo a favor del Estado, salvo derecho aprobado en la vía judicial”.
El INC ha iniciado una gran campaña nacional de difusión con el fin de hacer pública y extensiva, tanto al sector público como privado, los alcances de la ley.
Adicionalmente, con el fin de contribuir y facilitar a todos aquellos que posean bienes culturales que acudan al INC y a sus diferentes direcciones regionales de cultura en todo el país, para que registren sus bienes; mediante Resolución Ministerial N° 0425-2008-ED, publicada en el diario oficial El Peruano el 11 de diciembre de 2008, se ha suspendido temporalmente del cobro por el registro de los bienes culturales muebles.
De esta manera el registro es totalmente gratuito. El único requisito es adquirir la carpeta única de trámite cuyo costo es de S/. 7.50 nuevos soles, y seguir las instrucciones respectivas.
Para salvaguardar nuestro patrimonio
La campaña de defensa del patrimonio nacional se ha visto reforzada con la publicación y difusión de una serie de herramientas para salvar nuestro legado histórico.Entre estos materiales destacan Documentos Fundamentales para el Patrimonio Cultural, la Guía para el reconocimiento de Bienes Culturales Arqueológicos, la Guía para el reconocimiento de Bienes Histórico- Artísticos, la cartilla ¡Lo Nuestro! para el turista.
Asimismo, el programa INC Educa distribuyó, entre 1200 centros escolares a nivel nacional, un kit educativo con textos sobre patrimonio arqueológico e histórico, una antología de textos y una guía para el docente con cuatro didácticas láminas.
Destaca también el Ley General del PatrimonioCultural de la Nación 28296 y su Reglamento. Además, se compartió material de difusión de gran utilidad para el personal de Aduanas, Policía Nacional y Ministerio Público.